REQUISITOS PARA VIAJAR CON TU MASCOTA DENTRO Y FUERA DE LA UNIÓN EUROPEA
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Información del tercer país Perros, gatos y hurones no comerciales a Gran Bretaña1

En la presente nota se describen los requisitos para los movimientos de los animales de compañía perros gatos y hurones no comerciales. Este tipo de movimiento es el realizado por el animal acompañado por el propietario o persona autorizada, bien en el mismo medio de transporte, o bien en uno distinto siempre que viajen en el plazo de cinco días antes o después del viaje del propietario/persona autorizada y siempre que no implique cambio de propietario.

 Los movimientos que no se ajusten a los no comerciales, implican la tramitación mediante el módulo de mercados en CEXGAN por parte de exportadores/operadores registrados, y entre otros requisitos, se exige atestación sanitaria por los Servicios Veterinarios Oficiales Autonómicos:

Así, por ejemplo: SON COMERCIALES:

 •Los desplazamientos de grupos de más de cinco gatos, perros o hurones por persona que viaja (salvo excepciones para participar en eventos o competiciones).

 • Los desplazamientos de gatos, perros y hurones que impliquen un cambio de propietario y/o para su realojamiento, incluidos los animales de rescate (como los movimientos desde Asociaciones Protectoras de animales o las ventas).

 • Los animales de compañía que no puedan cumplir el requisito de viajar en un plazo de cinco días con su propietario o persona autorizada.

 Se puede encontrar información adicional a través del siguiente enlace: http://apha.defra.gov.uk/documents/bip/iin/bllv-5b.pdf

 Vistas las diferencias esenciales entre estos movimientos, para introducirse en Gran Bretaña, los animales de compañía no comerciales deben utilizar una ruta autorizada por dicho país (aeropuerto o puerto autorizado y compañía de transporte autorizada). El listado de rutas autorizadas puede consultarse en el siguiente enlace:

 https://www.gov.uk/take-pet-abroad/approved-routes 

Los movimientos de perros, gatos y hurones no comerciales desde España a Gran Bretaña deberán cumplir las siguientes condiciones, que, hasta la fecha, son las mismas que antes de la salida del Reino Unido de la Unión Europea:

 -                Identificación con microchip o tatuaje (si este fue implantado antes del 03/07/2011).

 -               Vacunación antirrábica válida.
 
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1 Dentro del Reino Unido, la parte correspondiente a Gran Bretaña (“la isla”) requiere requisitos específicos que se describen en esta nota informativa, mientras que Irlanda del Norte (y no la República de Irlanda, que es un país de la UE), por motivos sociopolíticos y económicos, mantiene un régimen de mercado único con la UE, y no requiere condiciones diferentes a un movimiento intracomunitario. Así: esta nota aplica para el territorio de Reino Unido excepto Irlanda del Norte, es decir: Gran Bretaña. Para Irlanda del Norte, se aplicará lo establecido para la UE y adicionalmente, la desparasitación frente a E. multilocularis, igual que se exige en la República de Irlanda- Ver epígrafe 2. Viajar desde España a un país de la UE en Viajar con la mascota. Perros, gatos, hurones (mapa.gob.es).
 
-           Tratamiento contra E. multilocularis con praziquantel o similar entre los días 1-5 previos a la llegada al Reino Unido (solo perros). Los perros, gatos y hurones deben ir acompañados por UNO de los siguientes 4 documentos:

 -1 Pasaporte europeo de animales de compañía, o bien,

 -2 Certificado sanitario conforme al modelo establecido en el Reglamento (UE) nº 577/2013 emitido por las autoridades del Reino Unido en los 4 meses antes de la llegada del animal al Reino Unido, o bien,

-3 Pasaporte británico de animales de compañía (incluye los pasaportes emitidos en Reino Unido antes del 01/01/2021)
-4 Certificado sanitario para los envíos no comerciales de perros, gatos y hurones a Gran Bretaña y sus dependencias ASE- ASE-3679 de emisión exclusiva en digital, que deberá solicitarse por el veterinario colegiado a través del módulo de animales de compañía en CEXGAN.

 Las opciones 1, 2, y 3 no requieren solicitud en CEXGAN a no ser que el propietario solicite un Documento de no Intervención Anexo D y, en todo caso, la opción del ASE ASE-3679 digital únicamente se realizará cuando no sea posible ninguna de las otras opciones (1, 2 ó 3).